Tercera Parte
El juego es reconocido como parte fundamental del desarrollo integral de los niños y las niñas, por lo cual: “Los Estados Partes reconocen el derecho de la niñez al descanso y la diversión, a jugar y realizar actividades recreativas apropiadas para la edad, y a participar libremente en la vida artística y cultural”. Los niños y niñas no solo tienen derecho a jugar, sino que los Estados deben “proveer oportunidades para el desarrollo de actividades culturales, artísticas y recreativas”. Artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989).
Como parte de su compromiso de propiciar una vida sana y proporcionar una educación de calidad, en del Período Extraordinario de Sesiones de las Naciones Unidas sobre la Infancia, en mayo del 2002, los líderes mundiales se comprometieron entre otras cosas a:
- “Promover la salud física, mental y emocional de los niños, incluidos los adolescentes, por medio del juego, los deportes, actividades de esparcimiento y la expresión artística y cultural.”
- “Proporcionar instalaciones y oportunidades de acceso a actividades deportivas y de recreación en las escuelas y comunidades”. “un mundo mejor para los niños y las niñas (2002) “La educación física y la práctica de los deportes son un derecho fundamental de todo el mundo”.Artículo 1 de la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte (UNESCO, 1978).“
La lúdica y el juego como derechos fundamentales de la infancia, que potencian el desarrollo de múltiples habilidades, valores y competencias para la vida, son elementos fundamentales para garantizar el acceso de los menores a otros derechos como el afecto, la educación y la identidad.
Dentro del Plan de la Celebración del Día de la Niñez y la Recreación 2005, la lúdica es vista como un valor esencial que lo caracteriza y le confiere su singularidad, diferenciándolo de todos los demás planes y programas que promueven los derechos de la infancia en Colombia.
Los Derechos de los niños y las niñas
Los derechos de los niños y las niñas se encuentran enmarcados en la Convención Universal de los Derechos de los Niños; es un acuerdo formulado por las Naciones Unidas en el año 1959 que establece los derechos que tienen todos los niños y las niñas y define las normas básicas para su bienestar y desarrollo, además de dejar abierto el espacio para la formulación de deberes correspondientes. Es el primer código universal de los derechos de los niños y niñas e implica obligatoriedad para los países que lo acogen; contiene 54 artículos y reúne en un sólo tratado todos los asuntos pertinentes a los derechos de la infancia. Los países que ratifican la Convención en el año 1989 (y que por consiguiente, se convierten en Estados partes de la misma) aceptan comprometerse legalmente a aplicar y cumplir en sus territorios sus estipulaciones e informar regularmente a un Comité de los Derechos del Niño sobre su cumplimiento y avances.
En Colombia el Congreso de la República, ratificó la Convención por medio de la ley 12 de 1991, y la Asamblea Nacional Constituyente que reformó la Carta Magna incluyó el criterio y los principios de protección integral de la niñez en su doble dimensión: garantía de los derechos de los niños y las niñas y protección en condiciones especialmente difíciles. Además, estableció la obligación del Estado, la sociedad civil y la familia, de asistir y proteger a los niños y las niñas para asegurar el ejercicio pleno de sus derechos y por lo tanto su desarrollo armónico e integral (Constitución Política de Colombia. 1991. Art. 13, 44, 45, 50,67).
Para contribuir al cumplimiento de esta responsabilidad, se estableció una alianza entre el Estado, la empresa privada y la sociedad civil, que se plasmó en la creación, en el año 2000, de la Corporación Día del Niño, cuya finalidad es promover el ejercicio de los derechos de la niñez, en Colombia, a través de metodología lúdica, aportando de esta forma al esfuerzo mancomunado de muchas instituciones y organizaciones públicas y privadas comprometidas con la infancia del país.
Los derechos de los niños y niñas consignados en la Convención han sido categorizados por un acuerdo tácito de las diferentes organizaciones, internacionales y nacionales en cuatro grandes grupos temáticos que son: a) Derechos a la Vida y Supervivencia, b) Derechos al Desarrollo, c) Derechos a la Protección y d) Derechos a la Participación. Estos grupos contemplan el derecho a:
Supervivencia:
- La vida y a la supervivencia.
- Alto nivel de salud y nutrición.
- Examen periódico si se encuentra el niño o niña en establecimientos de protección.
- Seguridad social.
- Nivel de vida adecuado para el desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.
Desarrollo:
- No ser separado de sus padres.
- Mantener relación y contacto directo con ambos padres, cuando estos residan en diferentes países.
- Acceso a información y material que promueva su bienestar social, espiritual, moral, salud física y mental.
- Que ambos padres asuman la responsabilidad de crianza y desarrollo.
- Educación primaria gratuita y a facilidades de acceso a la educación secundaria. Educación que desarrolle todas sus potencialidades.
- Tener una propia vida cultural, religiosa o idioma, para los niños que pertenezcan a minorías étnicas, religiosas o lingüísticas.
- Descansar, jugar y tener acceso a la cultura.
Protección
- Un nombre y relaciones familiares
- Una nacionalidad
- Registro
- Conocer a sus padres
- Preservar su identidad
- Permanecer en su país
- Respeto a su vida privada,
- El desarrollo de su cultura, su religión y su idioma
- Ser protegido del maltrato y abuso infantil, abuso físico, mental o sexual, de la explotación: de la vinculación al conflicto armado, del desplazamiento, del secuestro o desaparición, de ser victimas de minas antipersonales, de ser discriminados por género, discapacidad, religión, raza, etnia.
- Tener tratamiento especial si ha infringido la ley y no ser condenado a pena capital y/o prisión perpetua.
Participación
- Expresar su opinión en los asuntos que los afectan y a que se te tenga en cuenta. La libertad de expresión y a buscar, recibir y difundir información
- La libertad de pensamiento, conciencia y religión.
- La libertad de asociación y a celebrar reuniones pacíficas.
Finalmente es muy importante que juguemos con nuestras niñas y niños, para acercarnos a ellos, aprovechar la oportunidad de enseñarles y aprender mutuamente el respeto, compañerismo con las personas, el cumplimiento de normas y el control de los sentimientos. Como muy bien lo menciona Mª. Antonia Álvarez-Monteserín “el juego es también un desahogo y una válvula de escape que hay que permitir “.
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